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sábado, 11 de febrero de 2012

Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

El 11 de febrero se ha publicado en el BOE:

Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.


Los 20 puntos más importantes de la reforma laboral:

1) Desaparece el despido de 45 días y se aplicará desde ya los 33. Incluso para los que tenían 45 se cuenta como 33 desde la entrada en vigor.

2) Las empresas con tres trimestres seguidos de caída de ingresos podrán despedir con 20 días como máximo. En una crisis, eso son casi todas.

3) Formación: se habilitará una cuenta para cada trabajador y se impulsa el contrato de aprendizaje para jóvenes, extensible hasta los 30 años.

4) Aparece el contrato indefinido para las empresas de menos de 50 trabajadores, con especiales ventajas para los jóvenes.

5) Se amplían las bonificaciones en las cuotas sociales para contratación de jóvenes y mayores de 45 años durante tres años.

6) A partir del 31 de diciembre de 2012 se recuperará la prohibición de encadenar contratos temporales más de dos años.

7) Los contratos de tiempo parcial se podrán utilizar para horas extraordinarias y no sólo para formación de jóvenes o complemento de jornada.

8) Se regula el teletrabajo: tendrán los mismos derechos que los presenciales y deberán ser informados de las vacantes que haya.

9) Habrá más capacidad de movilidad geográfica, con condiciones objetivas para seleccionar a los que no tengan cargas familiares.

10) Los empresarios podrán modificar la jornada con mayor margen, tanto en horario como en sistema de rendimiento. ¿Adiós a las horas extra?

11) Queda eliminada la autorización administrativa necesaria para poder ejecutar expedientes de regulación de empleo (ERES o ERTES).

12) El trabajador no pierde el paro que haya cobrado durante un ERTE si no han sido más de 180 días. Vuelve a recuperarlos si la empresa cierra.

13) Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los de sector y el bloqueo de una negociación no podrá durar más de dos años.

14) Un empresario podrá despedir a un trabajador por causa objetiva (el modelo de 20 días por crisis) sin autorización previa.

15) El Fondo de Garantía Social sólo cubrirá la extinción de los contratos por despidos procedentes en pymes.

16) Sigue adelante el modelo austríaco para el sistema de paro (un fondo personal para cada uno), aunque no será antes de 2013.

17)
Respecto a las jubilaciones anticipadas mantiene la norma de que las empresas con beneficios deberán soportar parte del coste.

18) Los parados podrán realizar "servicios de interés general en beneficio de la comunidad". ¿Vuelve el voluntariado obligatorio?

19) Ya no habrá vinculación del absentismo del trabajador con la media de la empresa. Prima la cifra personal.

20) Las mutuas de trabajo se encargarán de la evaluación de la incapacidad temporal.

Si quieres ver el Texto íntegro de la Reforma:

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